Fiscalidad laboral
Ya seas empleado o autónomo, te ayudamos a entender y cumplir tus obligaciones fiscales en España.
Tipos progresivos que combinan una escala estatal y otra autonómica: el marginal máximo va del ≈45% en Madrid hasta el 54% en la Comunidad Valenciana, según residencia. La declaración anual es obligatoria al superar determinados umbrales de renta. El ejercicio fiscal español va de enero a diciembre.
Sobre el salario bruto, destinado a pensiones, sanidad y prestación por desempleo, incluyendo la parte del trabajador en el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Cotización adicional que la empresa aporta en nombre del trabajador. El MEI, en vigor desde 2023, sube gradualmente cada año (0,9% en 2026, repartido entre empresa y trabajador).
Los trabajadores recién llegados a España pueden acogerse a un régimen especial con tipo fijo del 24% sobre sus ingresos de origen español, hasta 600.000€, durante un periodo de seis años. Ver Ley Beckham →
Los autónomos tributan con la misma escala progresiva que los empleados, mediante pagos fraccionados trimestrales.
Declaraciones trimestrales de IVA mediante el modelo 303, al tipo general.
Desde 2023, los autónomos cotizan según 15 tramos de ingresos reales netos, no una cuota fija: la cuota mínima mensual va de ≈205€ (rentas bajas) a ≈607€ (rentas altas). Quienes inician su actividad pueden acogerse a una tarifa plana de 80€/mes durante el primer año.
Se considera residente fiscal a quien permanece más de 183 días al año en España, o cuyo centro de intereses económicos principales se encuentra en territorio español.
Te ayudamos a entender tu situación fiscal desde el primer día, como empleado, autónomo o expatriado.